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18-04-2021

La Justicia decidió que haya clases presenciales en la Capital

La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la ciudad de Buenos Aires dispuso como medida cautelar la suspensión de lo establecido en el artículo 2 párrafo 3ro del DNU N° 241/2021. En consecuencia ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la continuidad de la presencialidad de las clases en el ámbito del territorio de la CABA.

Para así decidir sostuvo que se encontraba seriamente comprometido el derecho a la educación. Asimismo, añadió que el DNU sancionado por el Poder Ejecutivo nacional, en su artículo 2°, párrafo tercero, vulneraría en forma directa la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y su poder de policía, respecto de materias específicamente locales, como es el derecho a la educación.

Considerando que el Decreto en cuestión no se encontraba motivado en datos epidemiológicos concretos sobre el área educativa de la Ciudad que justificaran razonablemente un nuevo cierre de las escuelas, en virtud de ello y teniendo especialmente en cuenta la dinámica situación del contexto sanitario, resulta pertinente que el Gobierno de la Ciudad presente un informe durante el viernes próximo sobre la evolución de la situación epidemiológica.

El Gobierno Nacional no forma parte del expediente, por lo que no podrá apelar la decisión del tribunal. Solo pueden hacerlo las partes que forman parte de la causa y no es el caso del Ejecutivo nacional. Es decir, la medida se hará efectiva a partir de mañana y los chicos podrán retomar las clases presenciales.

La votación del tribunal fue unánime. El tribunal resolvió: “1.Hacer lugar a la queja interpuesta y en consecuencia admitir el recurso de apelación. 2. Hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, conforme lo expuesto en los puntos 3, 4 y 5 y las facultades dispuestas en el art. 184 CCAyT, disponer la suspensión de lo dispuesto en el art. 2°, párrafo tercero del DNU n° 241/21 y ordenar al GCBA que en el marco de su autonomía y competencias propias disponga la continuidad de la presencialidad de las clases en el ámbito del territorio de la Ciudad de Buenos Aires, conforme la resolución conjunta del Ministerio de Educación y de Salud n° 1/21 3. Sin costas por no haber medido contradicción (conf. arts. 14 CCABA, 2° de Ley N° 2.145 –texto consolidado por la Ley N° 6017– , 62 y 63 del CCAyT)”.

Minutos después de conocerse la decisión de la justicia porteña, ATE Capital y UTE-CTERA convocaron a un paro docente. “El poder judicial porteño sigue incumpliendo con la Constitución de la Ciudad y Nacional. La salud y la vida son prioridad”, indicaron desde las agrupaciones sindicales.

Este fallo envalentona a asociaciones de padres que reclaman lo mismo en la provincia de Buenos Aires. Se han realizado diferentes presentaciones judiciales y muchos esperan tener la misma suerte.

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