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25 Mayo
2025

07-12-2024

Una ordenanza anti “clandes” busca poner en jaque a las fiestas privadas multitudinarias en Rivadavia

La denomina fiesta "anti covid" de 2020 que fue noticia en los medios nacionales.

Se acerca el verano, se acercan las celebraciones de fin de año, y con ello, las fiestas privadas. Cuando son multitudinarias los más jóvenes las pueden llamar previas. Algunas veces, “clandes”; denominación que quedó de la época de la pandemia. El Gobierno Municipal de Rivadavia quiere tener la situación bajo control. Para ello, el HCD aprobó una nueva ordenanza que regula estos eventos. Los requisitos se equiparan, en buena medida, a los de cualquier local de ocio nocturno.

La ordenanza se aprobó por iniciativa del peronismo en la última sesión del HCD de Rivadavia. Pero, la versión final no estuvo en la web hasta hace unos días. Los requisitos de la norma abarcan cuestiones de aforo, seguridad, seguro, bebidas, sanitarios, entre otras. Quien no cumpla puede recibir una sanción económica de varios cientos de miles de pesos, y hasta millones, según el caso. También está previsto el uso de la fuerza pública.

Para empezar, cualquier fiesta privada que se realice en viviendas particulares, quintas, casas de campo, fincas, galpones o cualquier otro tipo de inmuebles a la que concurran más de 70 personas y por las que se abone una entrada o retribución o donde se vendan bebidas y comida, cae dentro de la órbita de la flamante normativa.

Los organizadores deberán tramitar en el Municipio la autorización con 30 días de antelación. El trámite lo debe hacer el organizador, quien se hace responsable de cumplir lo que estipula la ordenanza. Además, se deberá contar con autorización expresa del dueño del lugar, que también es responsable solidario.

Deberá presentarse certificado expedido por la Delegación Pehuajó de Bomberos de la Policía donde conste que el lugar cumple con todas las medidas de seguridad antisiniestral. Igual que un boliche. A ello se agregar el requisito de comprar o alquilar suficientes matafuegos.

Además, se deberá contratar un seguro de responsabilidad civil de acuerdo a la cantidad estimada de asistentes. Y deberá acreditarse la contratación de personal de seguridad privada a razón de uno cada 30 personas; pero si se superan los 200 asistentes, deberá haber un adicional cada 100.

El organizador también tendrá que contratar por lo menos un sanitario químico para mujeres y uno para hombres. Y aparte, sumar un baño químico cada 200 personas.

En caso de que vaya a venderse bebidas alcohólicas, deberá presentarse recibo de pago del Registro de Expendio de Bebidas Alcohólicas de la provincia (REBA).

Quien organice una fiesta privada y no cumpla con todos los requisitos será sancionado. Primero se procederá a labrar acta de infracción, intimando al cese de la actividad al responsable del evento. Y en caso de no obtenerse respuesta positiva se procederá a la clausura de la fiesta privada con auxilio del personal de GUM y hasta de la Policía.

 

Descargar: Ordenanza N° 4822/2024 de Rivadavia

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