12-12-2017
Reynoso marca el camino en la región con el Régimen de Responsabilidad Fiscal impulsado por Vidal

El intendente de Rivadavia, Javier Reynoso, promulgó este lunes la ordenanza por la cual el municipio adhiere a la Ley de Régimen de Responsabilidad Fiscal Municipal, sancionada semanas atrás por la Legislatura bonaerense. La ordenanza 4.014/2017 había sido sancionada días atrás por el Concejo Deliberante.
De esta manera, Rivadavia se convierte en el primer municipio de la región en sumarse al régimen propuesto por la gobernadora María Eugenia Vidal, que busca instrumentar “reglas claras y de mayor transparencia” sobre el gasto y los ingresos públicos de las municipalidades bonaerenses, promoviendo a su vez la sustentabilidad de las finanzas públicas". El otro distrito que está pronto a adherir a la norma es Bragado.
"Para nosotros la ley de Responsabilidad Fiscal no afecta el funcionamiento de la administración, ya que hace varios años que las premisas que establece la actual ley se vienen llevando adelante. Sobre todo lo que tiene que ver con la transparencia y publicación de datos del gobierno abierto del municipio de Rivadavia, donde se brinda toda la información", afirmó el intendente Reynoso al medio digital Cuarto Político.
Asimismo, el jefe comunal aseguró que con la adhesión buscan "también comprometer a la política, como municipio, para que tenga una línea de responsabilidad fiscal para llevar adelante las futuras gestiones".
¿Qué plantea la ley?
Endeudamiento: Los municipios no pueden endeudarse por encima del 10% de sus recursos corrientes, salvo para refinanciar deuda previa en mejores condiciones. También los obliga a adherir al régimen de responsabilidad fiscal tanto para tomar deuda como para recibir asistencia financiera de Provincia o Nación.
Aumento del gasto: los municipios no pueden aumentar sus gastos corrientes por encima de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Antes, se calculaba sobre el crecimiento del PBI.
Personal: se compromete a los municipios a que no aumenten su planta de personal por encima del aumento de la población, salvo aquellos que tengan superávit o absorban servicios del gobierno nacional o provincial o del sector privado (como la recolección de residuos). O que sean autorizados por la provincia.
"Despilfarros" de última hora: la ley prohíbe a los intendentes que, en los seis meses previos a dejar el cargo, tomen medidas que incrementen el gasto corriente con carácter permanente (como los habituales pases a planta permanente de los empleados contratados) o dispongan de los bienes municipales.
Reducción de tasas: la reforma invita a los municipios a bajar las tasas que recaen sobre los sectores productivos, como las que se cobran por Seguridad e Higiene o Alumbrado, Barrido y Limpieza.
Información completa: la nueva norma obliga a los municipios a que acompañen sus proyectos de presupuesto con información más detallada sobre proyecciones de recursos y gastos, el stock de deuda municipal y la descripción de las políticas presupuestarias que sustentan esas previsiones.
Ejecución presupuestaria: la reforma insiste en que los municipios publiquen su presupuesto en su sitio web oficial, algo que cumplen muy pocos. También les pide una actualización cada tres meses de la ejecución presupuestaria. Por último, exige un informe trimestral con la cantidad de empleados en cada municipio y sus salarios.
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